El parlamentario valoró que Chile se esté poniendo al día con la norma internacional en esta materia.
La Cámara de Diputados unánimemente aprobó el proyecto de ley que modifica el Código Penal, tipificando el delito de tortura en Chile. Al respecto, el diputado socialista Marcelo Schilling calificó como “un hecho histórico, el que hoy nos hayamos puesto a la par con la norma internacional”.
La iniciativa define la tortura como «la aplicación sobre una persona de métodos aptos para anular completamente su personalidad, entendida como aquella que consigue la supresión de la voluntad, discernimiento y decisión».
En este marco, Schilling recordó que “hasta el momento en Chile no existía un concepto claro instalado, ni estaba configurado el delito en la ley. Sólo había una tímida aproximación en función de los tratos degradantes, pero en esencia no correspondía a la definición de tortura”.
“Afortunadamente hemos cambiado esta situación y podemos señalar que con este proyecto de ley se podrá sancionar como corresponde a muchos torturadores que hasta el día de hoy se amparaban en la debilidad de ley”, destacó el diputado PS.
El proyecto aprobado en la Sala de la Cámara establece que el que infligiere a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su dignidad, será castigado con penas que van desde 61 días a 5 años. Asimismo, se establece que se aumentará la pena en un grado al que cometa esta conducta en contra de una persona menor de edad o en situación de vulnerabilidad por discapacidad, enfermedad o vejez, o quien la tenga bajo su cargo, cuidado o responsabilidad.
La iniciativa también determina que «se entenderá por tortura todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos, sexuales o psíquicos, con el fin de obtener de ella o de un tercero información, declaración o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se le impute haber cometido o de intimidar o coaccionar a esa persona, o en razón de una discriminación fundada en la raza o etnia, nacionalidad, ideología u opinión política, religión o creencia, u orientación sexual».
El proyecto, a continuación, señala que, si con motivo u ocasión de la tortura, se comete además homicidio o delitos como la violación, el estupro u otros delitos sexuales, así como lesiones corporales, se aplicará la pena de presidio mayor en su grado máximo (desde 15 años y un día a 20 años), a perpetuo calificado (de por vida).
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