Economía y Negocios

Autoridades realizan llamado a empleadores a respetar feriado irrenunciable este 25 de diciembre y 1 de enero

La Seremi del Trabajo y Previsión Social, Karen Medina, realizó un llamado a los empleadores a recordar el feriado irrenunciable para los trabajadores del comercio durante los días 25 de diciembre y 1 de enero. El cierre de malls, centros comerciales, supermercados, minimarkets, boutiques y otros deberán cerrar sus puertas a partir de las 20 horas del domingo 24 de diciembre, y solo abrir a partir de las 6 horas del martes 26 de diciembre.

Al respecto la autoridad recalcó que “este feriado irrenunciable, es el derecho que tiene los trabajadores del comercio a descansar. Es un día de descanso no habitual al que ya está programado y por supuesto para compartir con la familia, derecho que se extendió durante el Gobierno de la Presidenta Bachelet a los trabajadores del sector gastronómico y turístico, con más de un año de antigüedad para asegurar que ellos también puedan acceder a este feriado irrenunciable de manera rotatoria en términos de turnos, de modo que también este importante grupo de trabajadores pueda compartir con sus familias en estas fiestas de fin de año”, enfatizo la Seremi. La autoridad hizo un llamado a colaborar con este feriado irrenunciable y a buenas prácticas laborales que eviten infracciones. Asimismo, recordó que la Dirección del Trabajo habilitará el link para recepciones consultas o denuncias de manera anónima.

Por su parte el Director del Trabajo precisó que en caso de infracciones a las normas sobre feriado irrenunciable y alternancia del descanso, serán sancionadas con un mínimo de $233.465 y un máximo de $933.860, lo que significa una multa de 5 a 20 UTM según la cantidad de trabajadores que tenga cada local comercial o empresa. Agregó que en caso de que trabajadores sean sorprendidos en turnos en feriado irrenunciable deberán cesar de inmediato la jornada laboral. Cabe destacar que se exceptúan del feriado irrenunciable las farmacias con turno de urgencia, las gasolineras y aquellos locales comerciales de barrio atendidos por sus propios dueños.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba